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Order (Auto)August 28, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Clinica Nuestra Señora De Fatima Sa·Respondent Instituto Departamental De Salud De Nariño

✓
Topic · hard data
Solicitud De Reconocimiento Y Pago De Servicios De Atención En Salud Prestados A Usuario Perteneciente Al Grupo De Población Pobre Y Vulnerable, Sin Capacidad De Pago.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Pasto y la Superintendencia Nacional de Salud.

El origen de la controversia radica en una demanda presentada por la Clínica Nuestra Señora de Fátima S.A, ante la Superintendencia Nacional de Salud, contra el Instituto Departamental de Salud de Nariño, por medio de la cual se pretende que se reconozca y pague unos valores, referidos en escrito de demanda, por los servicios de atención en salud prestados a un ciudadano, usuario perteneciente al grupo de población pobre y vulnerable, sin capacidad de pago, no afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, quien falleció, y cuya factura de cobro fue devuelta con el argumento, entre otros, de que el ciudadano se encontraba en el régimen subsidiado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el conflicto por devoluciones de facturas en el caso concreto se suscitó entre dos entidades que pertenecen al Sistema General de Seguridad Social en Salud y resuelve en reiteración de la regla dispuesta en Auto 2032 de 2023, según la cual, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Pasto y a los interesados en este trámite.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Octavo. Administrativo del Circuito de Pasto y la Superintendencia Nacional de Salud, en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la Clínica Nuestra Señora de Fátima S.A. contra el Instituto Departamental de Salud de Nariño.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5706 a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  4. Octavo. Administrativo del Circuito de Pasto y a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.